“Data Protection Officer” (DPO)
14/12/2017Aprobado el Proyecto de Ley Orgánica de Protección de Datos
24/01/2018Esta semana, seguimos hablando sobre el Nuevo Reglamento Europeo en Protección de Datos (RGPD)
Como venimos comentando, cualquier corporación, como responsable del tratamiento tiene la obligación de cumplir las obligaciones, funciones y requisitos que exige la nueva normativa comunitaria.
Por este motivo, y por que queremos anticiparos los requerimientos que se exigirán con la entrada del Nuevo Reglamento, os enumeramos las obligaciones que deben cumplir todos los responsables de tratamiento:
FUNCIONES, OBLIGACIONES Y REQUISITOS, del Responsable del Tratamiento según EL RGPD (Reglamento Europeo de Protección de Datos)
- Seleccionar un encargado con garantías (art. 28)
- Garantizar principios relativos al tratamiento (art. 5)
- Establecer la legitimidad del tratamiento (art. 6)
- Obtener un consentimiento válido (arts 7 i ss)
- Transparencia en la recogida de datos (arts. 12 i ss)
- Garantizar los derechos de los interesados (arts 15 i ss)
- Medidas de seguridad (art. 24 i 32)
- Privacidad desde el diseño y por defecto (art. 25)
- Registro de actividades de tratamientos (art. 30).
- Notificar incidencias de seguridad (art. 33 i 34)
- Evaluación de impacto de protección de datos (art. 35 )
- Consulta previa a la Agencia de Protección de Datos (art. 36).
- Nombramiento del Delegado en Protección de Datos (arts. 37 i ss).
- Control de transferencias internacionales de datos (art. 46).
Todas estas obligaciones deben estar debidamente documentadas y a disposición de la Autoridad de Control en cualquier momento, siguiendo el principio de Proactividad establecido por la normativa comunitaria.
Como siempre, estamos a vuestra disposición. Saludos.
Adaptalia Corporación SL.
T. (+34) 93 654 90 30
E-mail. info@adaptaliacorporacion.com